Artículo 31
Acciones sociales de proteccion
Ley de Protección Integral del Niño y el Adolescente de Neuquén · Ley 2302
Los organismos competentes implementarán acciones sociales de protección especial que proporcionen escucha, atención, contención y ayuda necesaria a los niños y adolescentes y a quienes cuiden de ellos.
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