Artículo 16
Facultad de denunciar
Ley de Violencia Familiar de Neuquén · Ley 2212
Las denuncias pueden ser efectuadas por:
a) La persona víctima de violencia familiar incluyendo el abuso sexual, por parte de alguno de los integrantes del grupo familiar.
b) El niño o la niña o adolescente, directamente o a través de sus representantes legales.
c) Cualquier persona que tenga conocimiento de un hecho de violencia familiar.
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