EJUR · herramientas abiertas

Artículo 16

Facultad de denunciar

Ley de Violencia Familiar de Neuquén · Ley 2212

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Las denuncias pueden ser efectuadas por:

a) La persona víctima de violencia familiar incluyendo el abuso sexual, por parte de alguno de los integrantes del grupo familiar.

b) El niño o la niña o adolescente, directamente o a través de sus representantes legales.

c) Cualquier persona que tenga conocimiento de un hecho de violencia familiar.

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Citas enlazadas, búsqueda dentro de la norma y varias abiertas a la vez. Sin registro.

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