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Artículo 63

Requisitos

Código Procesal Administrativo de Neuquén · Ley 1305

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La sentencia debe contener:

a) Designación de los litigantes;

b) Relación sucinta de las cuestiones planteadas;

c) Consideración de las cuestiones, bajo sus aspectos de hecho y de derecho, merituando la prueba y estableciendo concretamente cuál o cuáles de los hechos conducentes controvertidos se juzgan probados;

d) Decisión expresa y precisa sobre cada una de las acciones y defensas deducidas en el proceso;

e) Resolución sobre costas.

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