Artículo 63
Requisitos
Código Procesal Administrativo de Neuquén · Ley 1305
La sentencia debe contener:
a) Designación de los litigantes;
b) Relación sucinta de las cuestiones planteadas;
c) Consideración de las cuestiones, bajo sus aspectos de hecho y de derecho, merituando la prueba y estableciendo concretamente cuál o cuáles de los hechos conducentes controvertidos se juzgan probados;
d) Decisión expresa y precisa sobre cada una de las acciones y defensas deducidas en el proceso;
e) Resolución sobre costas.
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