EJUR · herramientas abiertas

Artículo 60

Puro derecho

Código Procesal Administrativo de Neuquén · Ley 1305

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Si no hay hechos controvertidos y el juez considera innecesario disponer medidas de prueba, ordenará correr un nuevo traslado a las partes por el plazo común de diez (10) días para argumentar en derecho y, a su vencimiento, previa vista por igual plazo al fiscal, llamará autos para sentencia.

(Artículo sustituido por la ley 2979)

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