Artículo 60
Puro derecho
Código Procesal Administrativo de Neuquén · Ley 1305
Si no hay hechos controvertidos y el juez considera innecesario disponer medidas de prueba, ordenará correr un nuevo traslado a las partes por el plazo común de diez (10) días para argumentar en derecho y, a su vencimiento, previa vista por igual plazo al fiscal, llamará autos para sentencia.
(Artículo sustituido por la ley 2979)
Abrir este artículo en el visor ↗
Citas enlazadas, búsqueda dentro de la norma y varias abiertas a la vez. Sin registro.
Compartir
WhatsApp