Artículo 29
Control
Ley de Procedimiento Administrativo de Neuquén · Ley 1284
La fiscalización que el Poder Ejecutivo ejerce sobre las entidades descentralizadas comprende las atribuciones de:
a) Verificar la legitimidad de su actividad.
b) Controlar la oportunidad de su actuación cuando norma legal lo autorice expresamente.
c) Nombrar y remover las autoridades superiores de las entidades descentralizadas estatales.
d) Nombrar y remover las autoridades superiores que representen al Estado en las entidades no estatales o mixtas.
e) Dar instrucciones generales.
f) Resolver los recursos y reclamaciones que se interpongan impugnando la actividad de dichas entidades.
g) Realizar investigaciones preventivas.
h) Intervenirlas.
Citas enlazadas, búsqueda dentro de la norma y varias abiertas a la vez. Sin registro.