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Artículo 28

Jerarquía

Ley de Procedimiento Administrativo de Neuquén · Ley 1284

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Las entidades descentralizadas están sujetas al control jerárquico institucional que constitucionalmente corresponde al Poder Ejecutivo, limitándose la fiscalización a los supuestos previstos por el artículo 29 de esta Ley. Si el Poder Ejecutivo hubiera delegado en la entidad el ejercicio de alguna atribución específica, solamente podrá revocar la delegación.

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