Artículo 25
Forma
Ley de Procedimiento Administrativo de Neuquén · Ley 1284
Se opera cuando el ordenamiento jurídico confiere atribuciones administrativas o competencias públicas en forma regular y permanente a entidades dotadas de personalidad jurídica, que actúan en nombre y cuenta propios, bajo el control del Poder Ejecutivo.
Las entidades descentralizadas deberán ser creadas o autorizadas:
a) Por ley, cuando tuvieren participación estatal.
b) Por decreto, cuando no tuvieren participación estatal.
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