EJUR · herramientas abiertas

Artículo 101

Vías de hecho

Ley de Procedimiento Administrativo de Neuquén · Ley 1284

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Los órganos en ejercicio de la función administrativa se abstendrán de:

a) Comportamientos materiales que importen vías de hecho administrativas lesivas de un derecho o garantía constitucionales.

b) Poner en ejecución un acto estando pendiente algún recurso o reclamo administrativo de los que en virtud de norma expresa impliquen la suspensión de los efectos ejecutorios de aquél o que, habiéndose resuelto, no hubiere sido notificado.

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Citas enlazadas, búsqueda dentro de la norma y varias abiertas a la vez. Sin registro.

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