EJUR · herramientas abiertas

Artículo 89

Intervención obligada

Código Procesal Civil y Comercial de Río Negro · Ley 5777

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El actor en el escrito de demanda y el demandado dentro del plazo para oponer excepciones previas o para contestar la demanda, según la naturaleza del juicio, pueden solicitar la citación de aquél a cuyo respecto consideren que la controversia es común. La citación se hace en la forma dispuesta por los artículos 312 y siguientes.

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Citas enlazadas, búsqueda dentro de la norma y varias abiertas a la vez. Sin registro.

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