EJUR · herramientas abiertas

Artículo 602

Denuncia de la existencia de sublocatarios u ocupantes

Código Procesal Civil y Comercial de Río Negro · Ley 5777

Ver en el visor de normas ↗

En la demanda y en la contestación las partes deben expresar si existen o no sublocatarios u ocupantes terceros. El actor si lo ignora puede remitirse a lo que resulte de la diligencia de notificación, de la contestación a la demanda o de ambas.

Abrir este artículo en el visor ↗

Citas enlazadas, búsqueda dentro de la norma y varias abiertas a la vez. Sin registro.

Compartir