EJUR · herramientas abiertas

Artículo 563

Modificación y ampliación de la demanda

Código Procesal Civil y Comercial de Río Negro · Ley 5777

Ver en el visor de normas ↗

Si durante el curso del interdicto de retener se produce el despojo del demandante, la acción prosigue como interdicto de recobrar, sin retrotraer el procedimiento, en cuanto fuese posible.

Cuando llegue a conocimiento del demandante la existencia de otros sucesores, copartícipes o beneficiarios, puede ampliar la acción contra ellos en cualquier estado del juicio.

Abrir este artículo en el visor ↗

Citas enlazadas, búsqueda dentro de la norma y varias abiertas a la vez. Sin registro.

Compartir