Artículo 545
Informe sobre condiciones del inmueble hipotecado
Código Procesal Civil y Comercial de Río Negro · Ley 5777
En la sentencia monitoria se dispone la anotación del embargo sobre el inmueble hipotecado y el libramiento de oficio al Registro de la Propiedad para que informe:
1. Sobre las medidas cautelares y gravámenes que afecten al inmueble hipotecado, con indicación del importe de los créditos, sus titulares y domicilios.
2. Sobre las transferencias que de aquél se hubieren realizado desde la fecha de constitución de la hipoteca y nombre y domicilio de los adquirentes.
Sin perjuicio de ello, el deudor debe, durante el plazo para oponer excepciones, denunciar el nombre y domicilio de los acreedores privilegiados, embargantes y terceros poseedores del inmueble hipotecado.
Citas enlazadas, búsqueda dentro de la norma y varias abiertas a la vez. Sin registro.