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Artículo 545

Informe sobre condiciones del inmueble hipotecado

Código Procesal Civil y Comercial de Río Negro · Ley 5777

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En la sentencia monitoria se dispone la anotación del embargo sobre el inmueble hipotecado y el libramiento de oficio al Registro de la Propiedad para que informe:

1. Sobre las medidas cautelares y gravámenes que afecten al inmueble hipotecado, con indicación del importe de los créditos, sus titulares y domicilios.

2. Sobre las transferencias que de aquél se hubieren realizado desde la fecha de constitución de la hipoteca y nombre y domicilio de los adquirentes.

Sin perjuicio de ello, el deudor debe, durante el plazo para oponer excepciones, denunciar el nombre y domicilio de los acreedores privilegiados, embargantes y terceros poseedores del inmueble hipotecado.

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