EJUR · herramientas abiertas

Artículo 409

Acuerdo de partes

Código Procesal Civil y Comercial de Río Negro · Ley 5777

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Antes de que el Juez o Jueza ejerza la facultad que le confiere el artículo 407, las partes, de común acuerdo,

pueden presentar un escrito proponiendo perito y puntos de pericia.

Asimismo, pueden designar consultores técnicos.

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Citas enlazadas, búsqueda dentro de la norma y varias abiertas a la vez. Sin registro.

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