EJUR · herramientas abiertas

Artículo 194

Situaciones derivadas del proceso

Código Procesal Civil y Comercial de Río Negro · Ley 5777

Ver en el visor de normas ↗

La Ley 5780 sustituyó este artículo. Abajo va el texto sancionado por la Ley 5777: el Digesto de la Legislatura todavía no publicó el texto consolidado.

Además de los supuestos contemplados en los artículos anteriores durante el proceso puede decretarse el embargo preventivo:

1. En el caso del artículo 57.

2. Siempre que por confesión expresa o ficta en el caso del artículo 329, inciso 1º, resulte verosímil el derecho alegado.

3. Si quien lo solicita hubiese obtenido sentencia favorable, aunque esté recurrida.

Abrir este artículo en el visor ↗

Citas enlazadas, búsqueda dentro de la norma y varias abiertas a la vez. Sin registro.

Compartir