Artículo 135
Número y dependencia
Ley Orgánica del Poder Judicial de Río Negro · Ley 5190
En el Superior Tribunal de Justicia y en los restantes organismos jurisdiccionales, con excepción del Fuero Penal podrán haber tantos Prosecretarios y Prosecretarias como Secretarios y Secretarias y dependerán en forma inmediata de los mismos conforme las disposiciones que establezca el Reglamento de Justicia.
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