EJUR · herramientas abiertas

Artículo 117

Requisitos

Ley Orgánica del Poder Judicial de Río Negro · Ley 5190

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Para integrar los Cuerpos de Investigación Forense, además de los recaudos que fije el Superior Tribunal de Justicia, se requiere:

a) Título universitario habilitante de la profesión, terciario o certificación de experticia, habilitante para labores técnicas, según corresponda a la especialidad y experiencia en la práctica forense.

b) Ser mayor de edad.

c) Ser de nacionalidad argentina con tres (3) años de ejercicio de la ciudadanía.

d) Revalidación quinquenal de la especialización.

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