Artículo 56
Idoneidad
Ley de Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes de Río Negro · Ley 4109
Los integrantes del Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes de la Provincia de Río Negro acceden al ejercicio honorario de sus funciones por su especial idoneidad en el tema y por su reconocida solvencia moral.
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