Artículo 35
Ejes
Ley de Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes de Río Negro · Ley 4109
El Estado Rionegrino promueve, en el marco del artículo 1° de la presente, las acciones destinadas a la protección de los derechos de niñas, niños y adolescentes, las que conforman en su conjunto la política social provincial de promoción y protección integral de estos derechos. Son ejes que sustentan las políticas de protección integral de los derechos de niñas, niños y adolescentes:
a) La protección y promoción de las potencialidades de la niña, el niño y el adolescente como sujeto pleno de derecho.
b) El carácter interdisciplinario e intersectorial en la implementación de programas de asistencia y prevención de problemas que afecten a niñas, niños o adolescentes.
c) La aplicación de medidas adecuadas que tiendan a la contención psicosocial de niñas, niños y adolescentes en su medio familiar y social.
d) Descentralizar la aplicación de los programas específicos de las distintas políticas de protección integral, a fin de garantizar mayor autonomía, agilidad y eficiencia, en especial, fomentando la participación de los municipios y organismos no gubernamentales.
e) El carácter interdisciplinario e intersectorial en la elaboración, desarrollo, monitoreo, articulación y evaluación de los programas específicos de las distintas áreas de salud, educación, vivienda, recreación, trabajo, deporte, cultura, seguridad pública y social, con participación activa de la comunidad.
Citas enlazadas, búsqueda dentro de la norma y varias abiertas a la vez. Sin registro.