EJUR · herramientas abiertas

Artículo 42

Implementacion gradual

Ley de Violencia Familiar de Río Negro · Ley 3040

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El Superior Tribunal de Justicia implementa de forma gradual la presente en aquellas circunscripciones que cuenten con

más de un Juzgado de Familia. Dicha implementación gradual debe ser informada anualmente a la Legislatura conforme al artículo 43 de la presente.

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Citas enlazadas, búsqueda dentro de la norma y varias abiertas a la vez. Sin registro.

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