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Artículo 96

Alcance de la sentencia

Código Procesal Civil y Comercial de Neuquén · Ley 912

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En todos los supuestos, la sentencia dictada después de la intervención del tercero, o de su citación, en su caso, lo afectará como a los litigantes principales

Será inapelable la resolución que admita la intervención de terceros. La que la deniegue será apelable en efecto devolutivo.

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