Artículo 85
Incomunicacion y secreto de sumario
Ley de Protección Integral del Niño y el Adolescente de Neuquén · Ley 2302
Queda absolutamente prohibida toda forma de incomunicación del imputado.
Igualmente, se prohibe disponer toda forma de secreto de sumario en relación a las partes del proceso y a los que tengan cualquier intervención en él.
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