Artículo 5
Artículo 5
Ley Orgánica del Poder Judicial de Neuquén · Ley 1436
A los efectos de la competencia territorial de la Justicia Letrada, la Provincia se divide en las siguientes Circunscripciones Judiciales:
La I Circunscripción Judicial, cuya ciudad cabecera es Neuquén.
La II Circunscripción Judicial, cuya ciudad cabecera es Cutral Có.
La III Circunscripción Judicial, cuya ciudad cabecera es Zapala.
La IV Circunscripción Judicial, cuya ciudad cabecera es Junín de los Andes.
La V Circunscripción Judicial, cuya ciudad cabecera es Chos Malal. (texto conforme la ley 2475)
Texto anterior: A los efectos de la competencia territorial de la Justicia Letrada, la Provincia se divide en las siguientes Circunscripciones Judiciales:
La Primera Circunscripción Judicial con asiento de sus Tribunales en la ciudad de Neuquén.
La Segunda Circunscripción Judicial con asiento de sus Tribunales en la ciudad de Cutral Có.
La Tercera Circunscripción Judicial con asiento de sus Tribunales en la ciudad de Zapala.
La Cuarta Circunscripción Judicial con asiento de sus Tribunales en la ciudad de Junín de los Andes.
La Quinta Circunscripción Judicial con asiento de sus Tribunales en la ciudad de Chos Malal. (texto conforme la ley 1600)
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