Artículo 154
Cómputo
Ley de Procedimiento Administrativo de Neuquén · Ley 1284
Todos los plazos se cuentan por días hábiles administrativos para el órgano o entidad en el cual se efectúe la tramitación o el interesado deba efectuar la presentación sujeta a plazo, salvo disposición legal en contrario o habilitación.
La habilitación de días inhábiles deberá disponerse por decisión fundada de la autoridad administrativa y ser previamente notificada al interesado en día hábil.
Los plazos se computan a partir del día siguiente al de la notificación.
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